Se trata entonces de explotar las posibilidades que la red ofrece de establecer formas flotantes de comunidad -que vendrían a expresar únicamente «momentos de comunidad», vectores específicos de una comunidad de intereses, de preocupaciones o de deseos, momentáneas e inestables líneas de código estabecidas en los flujos libres de la diferencia.
No alguna comunidad regulada por efectos de identidad -étnica, cultural, política: nada de estado o aún de individuo- sino meras comunidades fluctuantes reguladas tan sólo por la instantánea y efímera expresión de efectos de diferencia - comunidades trans-idénticas, mestizas, multiformes y pluriculturales desde su misma base.
En ellas, no habría más «sujetos» o individuos -sino el circular de puros efectos de identidad, dispositivos y máquinas de producción de la subjetividad-: meras expresiones de la diferencia libre.
En la fuerza de esa doble puesta en evidencia, también la red podría hacerse anuncio de «la comunidad que viene». Forzándonos a despertar del delirio despotizador de un sistema ya milenario, ella podría en efecto constituirse en su más tremenda pesadilla -y por ello, el más dulce de nuestros sueños.
Tras el “Taller de creación sonora (colectiva) mediante el empleo de algoritmos genéticos simples” (o SGA Workshop pa los amigos), impartido por Kim Cascone en mayo en madrid; algunos de los asistentes nos planteamos hacer una pieza de forma individual usando como material los sonidos resultantes del mismo. Aqui las tenemos :
…en la amistad astral, los tiempos son diferentes de los ritmos terrestres, las respuestas emigran a través de los nombres, los años y las cosas, aunque se respete un cierto orden de las jugadas…
El ruido en su vertiente ambiental, no circunscrita a ámbitos específicos como el laboral, sino en tanto que inmisión sonora presente en el hábitat humano o en la naturaleza, no ha sido tradicionalmente objeto de atención preferente en la normativa protectora del medio ambiente. Tratamos del ruido en un sentido amplio, y éste es el alcance de la Ley, comprensivo tanto del ruido propiamente dicho, perceptible en forma de sonido, como de las vibraciones: tanto uno como otras se incluyen en el concepto de contaminación acústica cuya prevención, vigilancia y reducción son objeto de esta Ley.
Rodado durante el taller “Ruidos y sonidos en el espacio urbano: hacia un modelo ecológico de gestión del medio sonoro”
impartido por Jose Luis Carles entre 4-27 abril 2005 @ La Casa Encendida